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Normas de exámenes

Según lo establecido en las normas de exámenes de la UNED, los estudiantes deben acudir al centro de examen con una antelación mínima de media hora antes del inicio del examen y deberán llevar el documento oficial de identidad y el resguardo de su solicitud en el que consta el código de barras que le permitirá acceder al examen. Los estudiantes que no lleven este resguardo con el código de barras, serán atendidos después de que hayan entrado todos los estudiantes que sí lo llevan.

En ningún caso está autorizado el acceso de acompañantes a los centros de examen y no se permite a los estudiantes que permanezcan en los centros de examen (pasillos u otras dependencias) salvo para la realización de los exámenes. En todo momento debe mantenerse silencio y orden en las entradas y salidas.

EJEMPLOS DE HOJAS DE EXAMEN

AVISO SOBRE NORMAS DE EXÁMENES:

NO ESTÁ PERMITIDO UTILIZAR, NI DEJAR O TENER ENCIMA DE LA MESA, DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS (MÓVILES, RELOJES, CALCULADORAS, ETC.) ASÍ COMO NINGÚN OTRO MATERIAL NO AUTORIZADO EN LA CABECERA DEL EXAMEN. SERÁ RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ESTUDIANTE EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA NORMA.

El estudiante que realice las PCE o la EBAU con la UNED deberá atenerse al Reglamento de la Uned para Pruebas Presenciales, en el que se indica:

Artículo 36.

Los estudiantes acudirán al lugar donde se desarrollen los exámenes al menos media hora antes de la hora señalada para el comienzo, provistos del correspondiente documento de identidad (DNI) o pasaporte y el resguardo de su solicitud con el código de barras que le permitirá acceder al examen. Estos documentos deberán permanecer sobre la mesa del estudiante durante todo el examen.            

Artículo 37.

En el momento en el que se entrega el examen al estudiante, este solo tendrá a su alcance el material autorizado para la realización de la prueba. En consecuencia, salvo autorización expresa, se prohíbe no solo el uso, sino la mera tenencia de cualquier tipo de material de consulta o ayuda (libros, apuntes, cuadernos, hojas sin código de verificación, calculadoras programables, etc.), así como de dispositivos electrónicos con capacidad de comunicación y/o de almacenamiento de datos (por ejemplo, ordenadores personales, pulseras y relojes electrónicos, bolígrafos electrónicos, teléfonos y tabletas móviles y/o dispositivos similares).

Todos estos dispositivos deberán permanecer apagados y fuera del alcance y la vista del estudiante hasta la salida del lugar de examen.          

Artículo 38.

1. Los estudiantes deberán abstenerse de realizar conductas contrarias a la disciplina académica durante los exámenes, entre otras:

a) Copiar mediante cualquier procedimiento.

b) Comunicarse por cualquier medio con otro estudiante o con otra persona que se encuentre en el interior o en el exterior del lugar de examen.

c) La suplantación de identidad y la falsificación de documentos.

d) Incumplir las indicaciones de los miembros del tribunal y/o de la Comisión de Apoyo.

e) Alterar el normal desarrollo de la realización de los exámenes.

f) La ofensa o desconsideración hacia los miembros del tribunal, Comisión de Apoyo o los compañeros.

g) Otras faltas señaladas en el Reglamento de régimen disciplinario de los estudiantes de la UNED. 

2. El estudiante puede solicitar un justificante de haber realizado el examen.(…) Estas certificaciones solo podrán ser solicitadas por el estudiante al entregar el examen que las justifique.

Artículo 39.

Cuando un estudiante lleve a cabo alguna de las conductas descritas anteriormente, el miembro del tribunal y la Comisión de Apoyo que realice la actuación procederá a: 

a) Retirar el examen al estudiante con una breve anotación en el mismo de la incidencia, estampando su firma de forma legible en este.

b) Expulsar del aula de examen al estudiante. En el caso de que la incidencia se produzca durante la primera media hora de celebración de la prueba, se procederá a retirar el examen al estudiante, pero este deberá permanecer en el aula hasta que finalice esta primera media hora. Posteriormente, se hará efectiva la expulsión y deberá abandonar el aula.

c) Hacer constar la incidencia en el acta, recogiendo el nombre del estudiante, número de DNI o pasaporte, fecha, hora y asignatura; así como el nombre y apellidos del miembro del tribunal que haya constatado la incidencia y un breve informe de los hechos acontecidos.

Artículo 41.

Durante la primera media hora del horario oficial de inicio de los exámenes los estudiantes podrán acceder al aula, sin que ello implique incremento del tiempo fijado para el examen, salvo que el retraso sea imputable a la Universidad. Una vez iniciados los exámenes, no se permitirá a ningún estudiante abandonar el aula hasta pasada media hora desde el momento fijado para el comienzo de la prueba, ni tampoco entrar en el aula transcurrido dicho período de tiempo.     

Artículo 42.

Salvo que la cabecera del examen establezca otras condiciones, todos los estudiantes presentes en el aula deberán entregar únicamente el papel de examen con los datos personales debidamente cumplimentados. Se extremará el cuidado para evitar que un estudiante abandone el aula sin entregar su examen, aunque desee retirarse sin realizar el mismo. En caso de que el estudiante no entregue el examen o se niegue a entregarlo a solicitud del tribunal, se constatará la incidencia en el acta y se remitirá al Centro de Prevención, Resolución de Conflictos e Inspección (CPRI).

Artículo 43.

El estudiante que, por cualquier causa, deba abandonar el aula de examen habrá de entregar su ejercicio y no podrá volver a entrar, salvo casos excepcionales a juicio del Tribunal.

Artículo 45. 

En el momento de entregar el examen al Tribunal, cada estudiante deberá identificarse presentando nuevamente la documentación con la que accedió al aula. El Tribunal procederá a escanear todos y cada uno de los exámenes para el correcto funcionamiento del retorno telemático.

Vicerrectorado adjunto de Acceso a la Universidad
Vicesecretaría de Pruebas Presenciales
Servicio de Inspección
UNED